jueves, 4 de junio de 2015

Nuevos importes, en francos suizos, de la tasa individual respecto de varias Partes Contratantes

Nuevos importes, en francos suizos, de la tasa individual respecto de varias Partes Contratantes


Ginebra, 4 de junio de 2015



De nuestra consideración: 


De conformidad con la Regla 35.2)d) del Reglamento Común del Arreglo y Protocolo de Madrid, el Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) deberá establecer nuevos importes, en francos suizos, de una tasa individual cuando, durante más de tres meses consecutivos, el tipo de cambio oficial de las Naciones Unidas entre el franco suizo y la moneda en que se haya indicado los importantes de esa tasa individual sea inferior en un 10%, como mínimo.  

Al haberse dado esas condiciones, el Director General de la OMPI ha establecido nuevos importes, en francos suizos, de la tasa individual pagadera respecto de las siguientes Partes Contratantes: 

Australia,
Benelux, Bulgaria, Colombia, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Irlanda, Italia, Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI), República Árabe Siria, República de Moldova, Suecia, Unión Europea

Los nuevos importes se aplicarán a partir del 4 de julio de 2015

Para más información, véase los Avisos N.° 13/2015 a 26/2015 que se encuentran disponibles en el sitio Web de la OMPI, en la siguiente dirección:  http://www.wipo.int/madrid/es/notices/.


Atentamente,


División Jurídica
Registro de Madrid
Sector de Marcas y Diseños
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual



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